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Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 181566
- Autor : Ochoa, Donis S.C.
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AutorRespuesta No: 297068
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Fecha de respuesta: Domingo 30 de Diciembre de 2012 22:17 2012-12-30 22:17 desde IP: 201.141.106.32
Usted insiste con esta consulta, la ha realizado con las consultas 180970, 181050, 18110 y ahora esta 181566. Si Usted autorizó que su cuenta bancaria sirviara de puente de terceros, no le queda más que pagar los impuestos que se han generado por los depósitos recibidos que para el SAT son ingresos. Una pluma puede ser más peligrosa en algunas manos que una granada sin espoleta, los errores cuestan y cuetan mucho.
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