Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 181555
  • Autor : marcomcmlx
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 1907
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5559
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 297050

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si empezaste a cotizar antes del 1 de julio de 1997, que parece es tu caso, podrás elegir entre pensionarte por ley 73 o ley 97, esta elección la harás cuando llegue el momento de tramitar tu pensión ante el IMSS.