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  • Consulta : 181549
  • Autor : Rosen
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  • Autor
    Respuesta No: 297045

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Mí estimada consultante:

    Mire, aquí existen algunas lagunas jurídicas respecto de su duda, ya que por una lado dependerá a quien se designó como beneficiario en la AFORE, siendo que como todo lo que manejan estas supuestas Instituciones de Seguridad Social, las cuales por cierto, no tienen nada de Seguridad, y mucho menos de sociales, existen mañas, ya que el Seguro Social solo acepta como beneficiarios a los familiares directos como son:  cónyuge, hijos y padres, por lo que, únicamente los recursos que el trabajador tenga como ahorro voluntario podrán destinarse a los beneficiarios que el trabajador designe y que no sean los ya indicados, o sea que, en el caso de aportaciones voluntarias, estos recursos sí se pueden entregar a la persona distinta que el trabajador haya designado, sin importar si son familiares directos o no.

    Como podrá observar, las mañas son como siempre sucede con estas supuestas Instituciones, para esquilmarse los recursos de los derechohabientes, y esto es solo un parte del problema.

    Dicen que se está estudiando una Reforma, pero:

    SABEN A LA PERFECCION QUE LA GENTE SE ABURRE DE TANTA MARAÑA JURÍDICA, Y VÉNGANOS TU REINO.

    SALUDOS Y MUCHA SUERTE