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AutorRespuesta No: 296987
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Fecha de respuesta: Sábado 29 de Diciembre de 2012 17:00 2012-12-29 17:00 desde IP: 201.141.106.32
Sí es posible, puede pagar al Infonavit con el objeto de liberar las cuentas y al mismo tiempo demandar la nulidad de la multa siempre que no transcurrieran los 45 días hábiles desde que le notificaron, si demanda ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, se entiende que el pago se realizó bajo protesta y si logra la nulidad le deberán devolver el importe del pago. También puede demandar directamente la nulidad solicitando la suspensión del acto para lo cual deberá garantizar con fianza o hipoteca el monto de la multa. Consulte a un abogado fiscalista, ojo con los coyotes.
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