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Fecha de respuesta: Viernes 28 de Diciembre de 2012 18:06 2012-12-28 18:06 desde IP: 187.140.198.212
en primr lugar no es una carta-poder, sino un poder y lo debes de tramitar ante el Consul de Mexico, este debe de ser un poder especial, general judicial para pleitos y cobranzas, acros de administracion y de dominio en cuanto a su objeto, cual es el objeto el inmueble que de van a escriturar
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