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AutorRespuesta No: 296855
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Fecha de respuesta: Jueves 27 de Diciembre de 2012 22:30 2012-12-27 22:30 desde IP: 201.141.106.32
Siempre será preferible el régimen de separación de bienes, salvo que su futura cónyuge tenga recursos importantes o más estudios que Usted. Ahora bien, en cuanto a reducir la pensión de su primera hija, le informo que el hecho de tener más hijitos, de ninguna manera puede ser considerado como un elemento para reducir sus abligaciones alimentarias anteriores y menos si ya hubiera un convenio. Se puede demandar la reducción de la pensión alimentaria si usted sufre un accidente quedando incapacitado, o llega a la senectud, pero tener más hijitos de ninguna manera puede ser considerado para disminuir un por ciento al que ya está obligado. Claro está que no faltará quien se ponga a sus órdenes para decirle que sí procede, incluso hasta he visto Jueces de pueblo que otorgan la disminución nomás por exhibir el acta de nacimiento de otro hijo, pero afortunadamente contamos con Magistrados que corrigen tal situación y le jalan las orejas al Juez.
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