- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 181132
- Autor : marcomcmlx
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 1907
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 7308
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 296582
-
Fecha de respuesta: Domingo 23 de Diciembre de 2012 17:04 2012-12-23 17:04 desde IP: 189.134.246.179
Las prestaciones de la LFT son las condiciones mínimas. Y sus nuevas disposiciones rigen a partir de su publicación en el diario oficial.
NIngún contrato colectivo o individual de trabajo puede dar prestaciones menores a las que marca la ley. Y en caso de contradicción siempre se asumirá el más favorable para el trabajador.
-
Autor





