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AutorRespuesta No: 296422
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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Diciembre de 2012 11:48 2012-12-21 11:48 desde IP: 187.204.193.65
ya en ningunba materia se puede litigar sin cedula profesional... antes lo era en el derecho publico... pero visto que hay ya un coyotaje inparable en esas materias... es que se ha reformado y ya en las juntas de conciliaciójn y en los juzgados penales... se debe exhibir la cedula profesional... actual... la vigente... no la de hace 10 años...
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