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  • Consulta : 181049
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 296422

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    ya en ningunba materia se puede litigar sin cedula profesional... antes lo era en el derecho publico... pero visto que hay ya un coyotaje inparable en esas materias... es que se ha reformado y ya en las juntas  de conciliaciójn y en los juzgados penales... se debe exhibir la cedula profesional... actual... la vigente... no la de hace 10 años...