- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 181046
- Autor : legallic
- Consultas en Foro: 8
- Respuestas en Foro: 435
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5559
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 296415
-
Fecha de respuesta: Viernes 21 de Diciembre de 2012 10:58 2012-12-21 10:58 desde IP: 189.166.201.49
si tienes a la deudora localizada y tiene bienes suficientes para garantizar el adeudo (a su nombre), tienes muchas posibilidades de cobrar el titulo de credito. contrata los servicios de un abogado especialista en derecho mercantil e inicia la accion cambiaria directa en la via ejecutiva mercantil. saludos y suerte en tu asunto.
-
Autor





