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AutorRespuesta No: 296067
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Fecha de respuesta: Lunes 17 de Diciembre de 2012 16:38 2012-12-17 16:38 desde IP: 189.231.121.220
Asi es, el Titulo de Propiedad es similar a Escrituras. El Titulo de Propiedad es expedido por la Secretaria de la Reforma Agraria y esta dirigido al Propietario del predio y aun no es causal de pago predial hasta que se protocolice ante Notario para elaborar escrituras y quede registrado en catastro y el Registro Publico de la Propiedad.
En caso de venta del predio con Titulo, el Titulo no se endosa, la compra venta debe hacerse ante notario.
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