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Fecha de respuesta: Lunes 17 de Diciembre de 2012 11:54 2012-12-17 11:54 desde IP: 187.204.207.108
Lamentablemente para usted la unica forma de salirse del problema es que el deudor pague o que pague usted.
Un aval responde de manera SOLIDARIA la deuda. Que quiere decir esto? que responde con sus bienes en caso que el deudor principal no lo haga. Por supuesto que una vez que usted pague le entregaran el pagaré y tendrá la accion de regreso en contra del deudor principal pero si el actual acreedor no ha podido sacarle nada pues usted estará en las mismas condiciones.
El bien inmueble embargado, si no cubre el adeudo (Eso lo dudo hee porque quien estima si no alcanza es un peritaje rendido ante el propio Juez no el actor y si el adeudo es de 50 mil pesos, salvo el caso que el adeudo tenga años y haya generado mucho interes o bien que el terreno sea de 2 metros por 2 metros... no alcanzara... fuera de esos supuestos cualquier terreno pienso que el propio terreno podrá alcanzar para el adeudo... y si no... pues puede ampliar el embargo con bienes propiedad del deudor O BIEN al ser solidariamente responsable... pues con bienes del aval.
Normalmente el acreedor (Yo lo haría) si no alcanza la garantia, me iria por el aval... porque sirve de presion moral al deudor.
En fin... usted pagará en caso que el deudor principal no lo haga. Por ello JAMAS FIRME DE AVAL
Saludos
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