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Fecha de respuesta: Lunes 17 de Diciembre de 2012 13:07 2012-12-17 13:07 desde IP: 187.204.207.108
Solo puntualizando que... no todo lo que se pone en un contrato debe respetarse... si este va encontra de la norma por ejemplo aunque se este inscrito se tendrá por no puesto. Ejemplo... un contrato de dicorcio donde se renuncia expresamente a pedir alimentos de los hijos por si o por interposita persona. Aunque textualmente se contenga, se tendrá por no puesto pues los alimentos son irrenunciables maxime si se trata de terceras personas ajenas al contrato en este caso los hijos.
En un contrato, el aval responde solidariamente de la deuda... pero no puede prohibir la venta de un bien que es 100% mio y que mientras no este embargado forma parte de mi patrimonio. Entiendo que con esto, el acreedor pretende garantizar el pago de su credito sin embargo, seria tan extremo como prohibir que el suscrito salga del pais por el temor que me escape y ya no avale la deuda del pricnipal.
Saludos
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