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AutorRespuesta No: 295928
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Fecha de respuesta: Domingo 16 de Diciembre de 2012 08:30 2012-12-16 08:30 desde IP: 189.208.43.64
Al parecer Usted no se encuentra al corriente en el pago de sus obligaciones, ello faculta a la Caja a acudir al órgano jurisdiccional para demandarle el pago de los insolutos. Y efectivamente la demanda puede formalizarse en contra de usted y de sus avales. Sin embargo, si es un hecho el que Usted ha consignado una cantidad de dinero con la cual se pone al corriente, entonces no se preocupe, informe a los abogados de esta situacin y muestreles la ficha de depósito.
En todo caso, si Usted suscribió un documento de los denominados titulos de crédito o algún contrato de mutuo (prestamo) hipotecario, entonces la Caja deberá demandarle a Usted el pago de las cantidades no pagadas, y en la contestacion de demanda Usted podrá hacer valer lo que a su derecho conviene.
No cabe lugar a dudas, que si Usted no se pone al corriente, tendrá problemas legales. Acerquese a sus acreedores, hable con ellos, plantee su situacion y hagales saber que ha depositado ya determinada cantidad en el juzgado, como muestra de su actitud de pagar y solicite prorroga de pago, pero nunca les vuelva a firmar nada.
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