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  • Consulta : 180459
  • Autor : ultra
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  • Autor
    Respuesta No: 295895

  • ultra
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Ciertamente, dada la existencia de sociedad conyugal el cincuenta por ciento de las aportaciones a infonavit  realizadas a la fecha corresponden a su esposo, que al disolverse dicha sociedad tendría Usted que devolver lo que ello represente. Sin embargo, dicho cincuenta por ciento podrá quedar como garantia de pago de la obligacion alimentaria debiendo quedar asentado esto en el convenio respectivo.