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  • Consulta : 180270
  • Autor : PEGZA
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  • Autor
    Respuesta No: 300291

  • PEGZA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     

    Que tal, la primera instancia no judicial y no obligatoria es la CONDUSEF, pero la acción para demandar es la ordinaria mercantil (ante Juez de Distrito o de Primera Instancia), donde deberás asesorarte de un abogado especialista para tramitar tu pago, a sabiendas que ya debes conocer si el rechazo es valido o no.

    Acude a la CONDUSEF para más información o si gustas, puedes consultarnos.

    “PEGZSAV ABOGADOS - Especialistas en Seguros”.