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  • Consulta : 180076
  • Autor : Bernardo Acuña
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  • Autor
    Respuesta No: 295356

  • Bernardo Acuña
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si son menores de edad, o mayores pero continúan estudiando una carrera a nivel licenciatura o ingeniería, no cursos, no talleres, o mayores de edad pero con alguna incapacidad, los padres están obligados a proporcionar alimentos a sus hijos, a falta o imposibilidad de los padres la obligación la tienen los parientes más próximos. Los padres que incumplan con su obligación de proporcionar alimentos pueden ser acreedores a sanciones de carácter penal. Las causas más comunes para suspender o cesar la obligación de proporcionar alimentos son: cuando el que tiene la obligación carece de medios para cumplirla o cuando se destine el dinero que se recibe por concepto de pensión para sostener algún vicio. El derecho a recibir alimentos es irrenunciable. mi nombre es Bernardo Acuña, Mi ´número de cel 55 1649 5192 y quedo a tus órdenes en el Distrito Federal y Estado de México. No se te olvide darle un click al circulo verde si mi información fue de utilidad. Gracias.