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  • Consulta : 180019
  • Autor : Victormiaz
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  • Autor
    Respuesta No: 295303

  • Victormiaz
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches

    A mi entender se podria formular de la sigiente manera:

    1.- Que diga el declarante si es cierto como lo es, ¿que durante el concubinato, matrimonio o relacion de pareja (segun corresponda), procreo un hijo con su interrogante?.

    O bien.

    Bajo la formula general dira, Si es cierto como lo es:

    1.- ¿Que durante el concubinato procreo un hico con su interrogante?

    En la declaracion de partes sobre hechos propios y ajenos (tal es el caso del Codigo de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla), ya no existe la Prueba Confesional, se exhibe el interrogatorio desde el escrito inicial o con la constetacion o se pueden hacer de manera oral sobre los hechos propios y ejenos que tengan relacion directa con la litis y en la fecha señalada.

    Saludos