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Fecha de respuesta: Martes 11 de Diciembre de 2012 08:50 2012-12-11 08:50 desde IP: 189.228.105.172
Estimado consultante, me parece acertado lo que le sugirío el forista TOCA1968, pues con la documental que le menciona puede acreditar -por lo menos de manera presuntiva- el concubinato, lo que sería -a mi Juicio- suficiente para que le concedieran la pensión alimenticia con carácter provisional. No se preocupe y no haga caso a tonterías y falta de conocimiento como lo hizo el forista que me antecedió, en este foro hay abogados con mucho conocimiento que no dudo le brindarán una orientación profesional y mucho mas acertada.
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