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  • Consulta : 179624
  • Autor : Bernardo Acuña
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  • Autor
    Respuesta No: 294920

  • Bernardo Acuña
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    NO adquieren un derecho de propiedad por vivir en un inmueble varios años. El único Derecho que adquieren es el que les ofrezcan a ellos primero la venta de la casa cuando pretendan venderla, Lo que debes hacer es iniciar un primer procedimiento, llamarlos ante un juez para que digan en calidad de qué están ocupando el inmueble, es decir, que expresen ante un juez si están viviendo  como propietarios, lo que tendrían que acreditar con título de propiedad, o como comodatarios o arrendatarios, etc., que seguramente es lo que confesarán: Estar viviendo en calidad de arrendatarios. Una vez hecho ésto inicias un segundo procedimiento, que es la terminación del contrato de arrendamiento y en el que demandas la desocupación del inmueble. Quedo a tus órdenes en el 55 16 49 51 92 o asesoria_juridica_virtual arroba h o t m a i l. com