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  • Consulta : 179578
  • Autor : ultra
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  • Autor
    Respuesta No: 294845

  • ultra
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    El criterio  del forista inmediato anterior es acertado. el ISR es la diferencia del precio de venta respecto del precio de la compra, por eso se requiere un avaluo de parte del notario para soportar el monto de retencion de dicho impuesto.

    Pero si como lo plantea dicho forista, es necesaria la aplicacion de las tablas del ISR.  entonces se sugiere señale Usted en este foro el precio de compra y pida de favor al forista aplique dichas tablas para que Usted tenga conocimiento de cuanto es lo que deberá cubrir por tal concepto.

    Con todo respeto.