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  • Consulta : 179562
  • Autor : ultra
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  • Autor
    Respuesta No: 294860

  • ultra
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Salvo merjor opinion de algun forista, considero que las medidas provisionales se solicitan en el escrito incial de demanda, esto es que si Usted ya fue emplazado a juicio lea con cuidado el escrito de demanda y verifique si ella solicitó la separacion de personas y si asi es revise sobre el auto de radicacion, que es el primer acuerdo del juzgador en el que da entrada a la demanda, ahi debe ordenar que salga Usted de la casa y en caso de resistencia se pida el auxilio de la fuerza publica. De no estar acordado este punto, es ya dificil que en el curso del procedimiento, y por el motivo que Usted expone, el juez emita una orden de desalojo en su contra.

    Por otra parte, si Usted ya tiene cuatro años sin aportar recursos, considere la posibilidad de buscar ayuda en el sector salud para que lo apoyen en su enfermedad, y ya controlada bien puede desempeñar una actividad remunerable. Tratandose de dinero las cosas no son sencillas ni faciles de hacer, creame que no existe algo mas dificil que superarse por si mismo, pero hay que hacerlo. Los tiempos dificiles obligan a decisiones serias. La mejor decision es trabajar y no a lamentarse.

    Animo.