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  • Consulta : 179506
  • Autor : ultra
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  • Autor
    Respuesta No: 294835

  • ultra
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    La prescripcion es una institucion de derecho diversa de la caducidad, Usted está planteando sobre la necesidad de reactivar dicha causa, normalmente la caducidad opera por el solo transcurso del tiempo, seis meses sin actuar,  si es que dependió  de Usted el que la causa o juicio continuara  adelante. Es decir que estando Usted en aptitud y posibilidad legal de darle impulso al procedimiento no lo hizo en ese lapso de tiempo. La consecuencia es que las cosas vuelvan al estado que tenian antes de la presentacion de la demanda, es decir que tenga que iniciar  nuevo juicio.