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Fecha de respuesta: Domingo 19 de Mayo de 2013 13:34 2013-05-19 13:34 desde IP: 189.166.13.17
marcomcmlx:
Agradezco la respuesta, aclarada mi duda. Pero ahora me surge la siguiente: Qué interpretación debemos dar a lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento del IMSS en materia de afiliación.? Lo que yo entiendo es que si una persona que fue derechohabiente pero dejó pertenecer al Régimen Obligatorio y no tiene FAMILIA, PUEDE DARSE DE ALTA EL SOLO AL SEGURO DE SALUD PARA LA FAMILIA (MODALIDAD 33), estoy en lo correcto??
Por favor tus comentarios. Saludos. calixto.
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