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  • Consulta : 178923
  • Autor : marcomcmlx
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  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Tienes dos opciones.

    En ambas suponiendo que eres ley 73, es decir que cotizaste por primera vez antes del 1 de julio del 97.

    Si tienes un tiempo cotizado al IMSS de más de 12 años, aunque ya no cotizaras, al llegar a los 60 te podrás pensionar, por estar dentro del tiempo de conservación de derechos.

    La otra es, continuar cotizando por tu cuenta mediante la modalidad 40, con un salario lo más alto que puedas, lo que te sumaría más semanas de cotización y aumentaría tu promedio de salario cotizado, con lo que al llegar a los 60 tendrías una mejor pensión.