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  • Consulta : 178830
  • Autor : MAYANEZ
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  • Autor
    Respuesta No: 295201

  • MAYANEZ
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado:

    Creo que hay confusión en los terminos que manejas.

    Primero. CONDUSEF no se declaro incompetente solo se dejaron a salvo derechos para hacerlos valer ante la instancia respectiva, ello ya que CONDUSEF es una autoridad conciliadora que no tiene facultades para determinar y menos para condenar a que se realice algun tipo de pago.

    Segundo. Es muy probable que CONDUSEF haya solicitado a la aseguradora constituyera una reserva tecnica para obligaciones pendientes por cumplir hasta por el monto que les reclamaste, esto es para que en caso de demandar y obtener sentencia favorable se tengan recursos para cubrir el monto de lo sentenciado. Esta reserva puede ser cancelada por la aseguradora si pasados 180 días no se ha presentado demanda en contra de la compañia.

    Tercero.  Lo que te refieren  seguramente es a que fenecieron los 180 días y la aseguradora ya debio haber cancelado dicha reserva, sin embargo esto es total y completamente independiente al delito de fraude.

     

    Saludos.

    Miguel Ángel García Y.