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  • Consulta : 178749
  • Autor : aldoqui
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  • Autor
    Respuesta No: 294007

  • aldoqui
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Buen dia

     Ley federal del trabajo

    Vacaciones

    Artículo 76

    Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en
    ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por
    cada año subsecuente de servicios.

    Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.

    A lo que yo interpreto:

    1er. Año 6 días
    2º. Año 8 días
    3er. Año 10 días
    4º. Año 12 días
    5º al 9º. Año 14 días
    10º. al 14º. Año 16 días
    15º. En adelante 18 días

    Sin embargo, quizá la interpretación no es la correcta y con el fin de no crear conflicto en cuanto al pago de prestaciones de Ley.

    Asi que  aproximadamente 3,800 de vacaciones

    Saludos