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Fecha de respuesta: Lunes 03 de Diciembre de 2012 12:37 2012-12-03 12:37 desde IP: 189.244.147.81
Eso de embargar a su cuñada es un metodo que utilizan los abogados de quien demanda, solo la estan asustando para tratar de recuperar $$$. Ya quien puede solo proceder a un embargo lo es el Actuario del Juzgado, acompañado del abogado del demandante, y el actuario no llama por telefono para avisar que van a embargar o que tiene 5 dias si no paga, el procedimiento es que el Actuario acude al domicilio para informarle que tiene una diligencia judicial y en caso de que no la encuentre le deja un citatorio. Cosa que no ha sucedido!
OJO.- La Demanda deja de tener efectos por el simple fallecimiento del deudor. La ex esposa debe acudir al juzgado y presentar un original del acta de defuncion informando al Juez de ello mediante un escrito. Ahi en el Juzgado solicite un Defensor de Oficio y le dice que quiere presentar el escrito para que el le ayude a buscar el numero de expediente.
Si le vuelven a llamar solo contesta que ya el asunto lo esta viendo su abogado, asi nada mas.
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