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  • Consulta : 178667
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 293936

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    omarbonillahurtado:

    El fraude procesal es un delito perseguible por querella necesaria, por lo tanto prescribe en el plazo de un año, mismo que se cuenta a partir de la comisión del delito, que es el día en que la demanda fue presentada en la Oficialía de Partes Común del TSJDF..