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  • Consulta : 178495
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 297598

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Ninguna empresa es autoridad para molestarlo en su domicilio, si se presenta alguien a requerirle el pago de algú adeudo, lo primero que debe solicitar es que se identifique el Actuario o Ejecutor del Juzgado, si nadie se identifica e insisten en trabar algún embargo o peor aún tratan de ingresar a su domicilio, llame al 066 y solicite un patrulla y a petición de parte solicita los presenten al M.P., por el POSIBLE delito de usurpación de funciones, y lo de tres veces el monto de la adeudado en una leyenda urbanojurídica, no existe ninguna norma que autorice embargar por tres veces el monto de lo adeudado. Con ésto no digo que no pague, consigne sus pagos, pero tampoco se deje sorprender por quienes pretendan hacer mal uso del propio derecho.