- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 178359
- Autor : elizh80
- Consultas en Foro: 5
- Respuestas en Foro: 3858
- Vox Populi:
Política: 0
Derecho:
Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6728
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 293696
-
Fecha de respuesta: Jueves 29 de Noviembre de 2012 14:11 2012-11-29 14:11 desde IP: 189.244.108.101
No se puede solicitar la cancelacion de la hipoteca ante el Registro Publico de la Propiedad, salvo exista Sentencia favorable.
En el caso de su consulta no fue asi, sin embargo los pasos a realizar son los siguientes:
1.- Presentar una Demanda Civil Mercanti solicitando la extinsion de la hipoteca por fallecimiento.
2.- Dentro de la Demanda, solicitar la caducidad y la prescripcion positiva de la hipoteca.
3.- La demanda debera presentarla y firmarla el Albacea.
Si aun no hay Albacecea, antes que nada deben hacer un Juicio Testamentario para que sea nombrado el Albacea y pueda este formular la Demanda Civil Mercantil.
Por la cuestion economica, acuda a la Escuela de Derecho de la Universidad y pregunte por el Bufet Juridico de Servicio Social, ahi realizan tramites Civiles y le asesoraran. Es de señalar que son estudiantes pronto a titularse pero cuentan con el respaldo de Profesores de experiencia en la materia. Es 100% gratuito.
-
Autor





