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  • Consulta : 178351
  • Autor : camacho
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  • Autor
    Respuesta No: 293628

  • camacho
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si efectivamente, algunas propiedades adquiridas ante notario, no se inscriben por negligencia o falta de pago de la inscripcion, pero su escritura sera valida si reune los requistos que señala la ley y puede ser inscrita en el Registro Publico de la propiedad. Atte. Lic. J. L. Camacho