Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 178338
  • Autor : Primus Tribunus
  • Consultas en Foro: 14
  • Respuestas en Foro: 2384
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 22 %
  • : 77 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 293620

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    naryllu_2610:

     

    Haga caso omiso de los comentarios del forista ZETH, quien en estos foros siempre se ha exhibido como un ignorante del derecho pero muy pretencioso de conocerlo , ya que lo cierto es que el delito de violación está considerado como perseguible de oficio en todos y cada uno de las 33 (treinta y tres) legislaciones penales de la República Mexicana, y también cada una de estas legislaciones contempla que los delitos perseguibles de oficio prescriban en un plazo igual al término medio aritmético de la pena privativa de libertad, pero previenen que ese plazo nunca sea menor a los 03 (tres) años, así está contemplado en el Código Penal de Veracruz Llave en su artículo 92, pero en lo tocante a su pregunta concreta y específica debo hacerle notar que existen diversas variantes del delito de violación, como lo es la violación como delito básico o la equiparada, o la agravada por el número de violadores, etc…

     

    Pero por ejemplo, si el numeral 152 del Código Penal de Veracruz establece el tipo básico de violación con una penalidad de los seis a los doce años de prisión, entonces tenemos que:

     

    06 (seis) años + 12 (doce) años = 18 (dieciocho) años, que divididos entre dos nos dan un término medio aritmético de 09 (nueve) años de prisión que es el mismo plazo para la prescripción del delito.

     

    En este punto le informo que la prescripción se interrumpe por las diligencias que se realicen en investigación del delito, pero si se deja de investigar, entonces recomienza a correr el plazo preorio.

     

    Existen más reglas que convendría que usted conozca, pero para ello deberá leer y estudiar el Código Penal que utilice como referencia bibliográfica de su trabajo de investigación, así como uno o mejor varios libros de los usados en los cursos de "Derecho Penal".