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  • Consulta : 178336
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 293643

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    No le puede cobrar más del diez por ciento mensual. Cada pago que realice debe exigir el recibo correspondiente, si no le da el recibo o hace la anotación del pago parcial en el documento crediticio no pague, y si le demanda un interés superior al diez por ciento mensual, el Juez de oficio sólo reconocerá el interés legal del seis por ciento anual.