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  • Consulta : 178303
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 293542

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si tienes los recibos de pago... inicia la acción penal que el mp... te diga... por los delitos que se entiendan... ya que si pagaste... no te pueden volver a cobrar.... abusado... sin recibos de pago... no tienes nada... y tendras que pagar... de preferencia en la tienda y no con los abogados....