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  • Consulta : 178156
  • Autor : LIC BONILLA Z
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  • Autor
    Respuesta No: 293462

  • LIC BONILLA Z
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Que tal, si tus padres estaban casados por sociedad conyugal, ella hereda el 50% y el otro 50% se divide entre el número de hijos mas uno,  también le toca una parte proporcional a tu madre como si fuera hija; la Legislacion Civil de tu Estado establece el orden para heredar, los parientes más proximos excluyen a los más remotos, y la preferencia es para la conyuge superstite (tu madre) e hijos; entonces tu abuela y tíos quedan excluidos automaticamente; ahora bien, si no sabes el número de expediente que tramitaron; en el Juzgado donde se lleva el trámite, hay unos libros denominados índice; debes buscar a tu abuela y tíos por su apellido en el año que promovieron, y encontrarás el número de expediente; si el juicio aún se está tramitando puedes iniciar un incidente de peticion de herencia junto con tu madre; si el juicio ya concluyó deberán iniciar un juicio de peticion de herencia; y la escritura que se haya tirado a favor de tu abuela y tíos será nulificada; busca un buen abogado (recomendado y con experiencia) que te haga todos esos trámites y de preferencia que sea del lugar de donde vives para ahorrar en gastos; y exige a tu abogado que te firme un contrato de prestacion de servicios profesionales para tu seguridad.