Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 178039
  • Autor : dorae
  • Consultas en Foro: 7
  • Respuestas en Foro: 1181
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5565
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 293401

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    sanchezmario498_NR: 

    Mi respuesta se le brindo bajo la premisa de que su padre labora en una dependencia del Gobierno Federal.-  

    Para saber si aun está vigente el “retiro voluntario” debe preguntar en el área de recursos humanos de la dependencia donde labora el señor. (Es importante aclarar que no todas las dependencias se incorporan a estos programas y así mismo no tienen la misma vigencia, depende de los criterios de cada Oficialia Mayor.)

    Si su papá optó por el régimen pensionario previsto en el artículo décimo transitorio de la Ley del ISSSTE, tiene 52 años de edad o más y mínimo 30 años cotizados al fondo de pensiones, entonces además de los beneficios del “retiro voluntario” tambien tiene garantizada una jubilación al 100% de su salario integrado ponderado durante el último año como trabajador activo, además de todos los beneficios inherentes a la jubilación.

    En cuanto al calculo, efectivamente este debe proyectarse según lo enunciado en las bases y considerando su salario mensual integrado que básicamente comprende los siguientes conceptos (salario + quinquenio + despensa + ayuda por servicios y de capacitación) posiblemente se me escape alguno, pero básicamente el salario integrado lo conforman todos los conceptos que son sujetos al descuento del % destinado al fondo de pensiones y servicio médico.