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  • Consulta : 177973
  • Autor : dorae
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  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

     

    Efectivamente el Artículo 249 de la nueva Ley del ISSSTE hace referencia a la prescripción de los créditos posterior a diez años, con la siguiente leyenda “…, a partir de la fecha en que el propio Instituto pueda, conforme a la Ley, ejercitar sus derechos…”

    Que quiere decir este párrafo? Específicamente en su caso significa que durante el tiempo en que no laboró en el Gobierno Federal, el Instituto no estaba en posibilidad de “…ejercer sus derechos…” es decir, el periodo que no laboró no cuenta para la prescripción, por lo tanto al reincorporarse al servicio, se reinicia la cuenta e indudablemente el ISSSTE está dentro de su periodo para la recuperación del crédito.