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  • Consulta : 177534
  • Autor : consultor77
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  • Autor
    Respuesta No: 292858

  • consultor77
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El regimen de visitas, es precisamente para que el padre pueda visitar al menos y convivir con él en tiempos determinados ya sea por convenio o por un juez y las cuales serán obligatorias.

     

    Sin embargo le aconsejo que de inmediato inicie una demanda de guarda y custodia para que legalmente se determine que usted tiene la custodia del menor, ya que debido a que él es el padre si se lo lleva no esta cometiendo delito alguno por lo que de inmediato debe hacerlo a fin de que no pueda llevarselo sin consecuencias.

     

    Por otro lado el hecho de que él no cumpla con su obligación alimentaria es grave, y no se trata de que usted o sus padres puedan darle lo necesario, el bebe tiene derecho a una pensión alimenticia que cubra sus necesidades no solo las actuales sino las futuras, como colegiaturas, comida, ropa, salud, casa, etc.  Siendo que usted no puede renunciar a recibir una pensión para su hijo porque no es de usted sino del bebe.

    Es buena idea que inicie un juicio de pensión alimenticia en el que además solicite la guarda y custodia primero provisional y en sentencia la definitiva a fin de que usted sea la unica con la que puede vivir el bebe y el padre solo tenga derecho a un régimen de convivencias.

     

    Saludos

     

    Lic. Elizabeth López

    52195455