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  • Consulta : 176547
  • Autor : TEPANTLATOANI
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  • Autor
    Respuesta No: 293284

  • TEPANTLATOANI
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes, efectivamente no le causa perjuicio alguno pero si gusta puede actuar de la siguiente manera:

    1.- Acudir a la Administración Local de Recaudación de su domicilio, para que le digan a qué créditos corresponde esa carta invitación y que le den copia de la resolución determinante de los mismos y ahí puede demandar alegando desconocer la fecha de notificación de la misma manifestando que se hace sabedor de su existencia el día de la presentación de la demanda. (Puede interponer si lo desea el Recurso de Revocación, pero no se lo recomiendo porque la Local Jurídica es muy imparcial).

    2.- Interponer un Recurso de Revocación con la finalidad de que la Administración Local Jurídica de su domicilio le dé a conocer la resoluciones determinantes de esos créditos, pero no se lo recomiendo porque sólo perdería su tiempo.

    3.- Esperar a que le notifiquen la resolución determinante o si le van a requerir de pago, demandar con los mandamientos de ejecución que le dejen manifestando desconocer el origen de esos créditos para que valga la expresión le den a conocer las resoluciones determinantes y en la ampliación de demanda, atacarlas.

    Espero haberle ayudado, quedo a sus órdenes.

    Saludos.