- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 176531
- Autor : garovalo
- Consultas en Foro: 34
- Respuestas en Foro: 23202
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6889
-
: 76 % -
: 23 %
-
AutorRespuesta No: 291782
-
Fecha de respuesta: Martes 13 de Noviembre de 2012 11:39 2012-11-13 11:39 desde IP: 187.211.94.29
1... delito no hay...
2...le adeudas y si lo reconoces ante una autoridad... la que sale perdiend eres tu...
3...que le digas al marido que le rompa la madre... no soluciona nada...
4... inicia accion penal por el delito de daños... y señala la fecha desde la cual abandono el domicilio... tal vez un mes... con ello te cubres respecto de los cuatro dias que necesitas para dar por terminada la relación de trabajo... muevete... no vayas a dejar de hacer... porque te va a caer una demanda y puedes terminar pagando cientos de miles de pesos.... y no reconozcas deber nada...
hace ya unos años... un cliente me dijo... me demandaron laboralmente... una persona que no conozco... pero resulto que si conocia a la persona...
asi las cosas...lo acompañe a la diligencia de conciliación... y esta persona pedia solo 5 mil bolas por acabar con el problema... elpatron...dijo no...
presentamos las pruebas... presenmto sus pruebas el trabajador... y entre ellas se autorizo la confesoria del patron...
habiendole dicho que no fuera a faltar por ninguna causa... el patron salio con su endejada... ENTONCES PA QUE TE TENGO... CLARO QUE NO VOY A VENIR...
y no vino...se dicto el laudo y se viene la bronca x 480 mil pesos....
hasta del estado se tuvo que ir este mi cliente.... por necio...
consejito... si hay convenbio... pagalo... y deja de hacerle al cuento... la del problema eres tu y vas a pagar abogado penal...abogado laboral y el convenio... si bien te va ... unos 10 a 20 mil tazos...
-
Autor





