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  • Consulta : 176502
  • Autor : marcomcmlx
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  • marcomcmlx
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    (Resumen de Actividades)

    Por ser accidente de trabajo, mientras el seguro no declare la incapacidad permanente y no te de de alta, el pago que te de dará es del 100% de tu salario de cotización mientras dure la incapacidad temporal.

    Después puede pasar que el seguro te de de alta, pero también puede que declare la incapacidad permanente.

    La IP puede ser Total o Parcial.

    La pensión por IPT equivale al 70% de tu salario de cotización.

    La pensión por IPP es el porcentaje de valuación que te asignen sobre ese 70%.

    Para una IPP si la valuación es menor a 25% corresponde indemnización, si es mayor a 25% y hasta 50 % tu eliges entre pensión o indemnización y si es mayor a 50% corresponde pensión. En caso de indemnización, esta comprende el equivalente a cinco anualidad de la pensión que hubiera correspondido.