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Fecha de respuesta: Sábado 10 de Noviembre de 2012 19:35 2012-11-10 19:35 desde IP: 201.141.41.125
El ratón cree que todos son de su condición.
No existe un por ciento establecido o un tabulador para determinar la parte que le corresponde a cada parte de una sociedad. Las partes deben acordarlo mediante contrato, ya sea de colaboración, de participación, sociedad, etc. Celebre contrato con el abogado para que quede por escrito tanto el por ciento que le corresponda por asunto, así como las obligaciones que adquiere. Es claro que si es Usted quien obtiene el asunto, el por ciento será mayor que cuando el asunto lo obtiene el abogado, también tiene relevancia la intervención que realice como contador, es decir si se le requiere como perito o sólo como asesor. Su cédula es más que suficiente.
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