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AutorRespuesta No: 291574
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Fecha de respuesta: Domingo 11 de Noviembre de 2012 02:41 2012-11-11 02:41 desde IP: 189.144.100.184
tu señora madre es quien tendría y estaría facultada para promover el juicio de alimentos en representacion de tus hermanos, tu siendo mayor de edad puedes promoverlo también, y no solo pensión actual sino además las pensiones vencidas y no pagadas es decir lo que ha dejado de aportarles a ustedes tu señor padre, toma en cuenta que mientras sigan estudiando aun teniendo la mayoría de edad tu padre esta olbigado aseguirles proporcionando alimento hasta que cuenten con un título universitario y a tu señora madre, se es que estuvieron casados por el tiempo que duro dicho matrimonio, siempre y cuando no comience a laborar. saludos
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