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Fecha de respuesta: Domingo 11 de Noviembre de 2012 14:23 2012-11-11 14:23 desde IP: 189.129.84.104
Tu planteamiento no es una causal del articulo 73 fraccion II, ya que dicha causal señala que es improcedente contra resoluciones en los juicios de amparo o en ejecucion de las mismas.
quiere decir que no pueder promover amparo vs otro amparo, si no seria una cadena interminable de amparos.
ahora bien, si dices que te negaron no puede ser esa causal ya que si fuera por la causal que señalas, no negarian el amparo la sentencia seria sobreseer, por alguna causal del 73.
y en tu caso tu promoviste amparo vs un acto nuevo. (si hubieras promovido amparo vs la sentencia de amparo entonces si seria improcedente)
que no te han notificado la sentencia? a veces en el portal no la scjn no viene la sentencia completa pero ya te hubieran notificado la sentencia.
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