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AutorRespuesta No: 291066
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Fecha de respuesta: Martes 06 de Noviembre de 2012 15:35 2012-11-06 15:35 desde IP: 187.207.79.184
Mí estimada consultante:
Si la persona que detalla reconoció a su menor hija, solo tiene que demandar la pensión alimenticia correspondiente, y en caso de que sea así, requiere demandar el reconocimiento de paternidad y como prestación subsidiaria, una pensión alimenticia.
Acerquese a la defensoría de Oficio de su Localidad
SALUDOS Y MUCHA SUERTE
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