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AutorRespuesta No: 290912
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Fecha de respuesta: Lunes 05 de Noviembre de 2012 13:46 2012-11-05 13:46 desde IP: 200.34.175.252
Que tal, si contabas con seguro (contrato de seguro celebrado con aseguradora) en tu crédito hipotecario, la cobertura que maneja es por el pago insoluto del crédito cuando fallecen algunos de los conyuges, en tal caso, puedes pedirle a la aseguradora el pago total del crédito y tienes cinco años para exigirlo.
En caso contrario, que no cuentes con seguro, debes continuar pagando el crédito.
PEGZSAV ABOGADOS – Especialistas en Seguros
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