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  • Consulta : 175492
  • Autor : licfcoruiz
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  • Autor
    Respuesta No: 290885

  • licfcoruiz
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si usted adquiere dicha vivienda estando aun casado por supuesto que entra en la sociedad conyugal y por ende le corresponde el 50% sobre dicho bien inmueble, se entiende que tendrían que venderla y la cantidad liquida resultante repartirla entre ambos, lo aconsejable es que adquiera dicha propiedad una vez disuelto su vinculo matrimonial para que liquide la sociedad conyugal que los une,

    por otro lado su pareja actual no tienen ningun derecho aun en virtud a que subsiste aun su matrimonio por lo cual su pareja actual no tiene la calidad de concubina, sino mas bien de amasiato y por ende no ha adquirido derechos, sin embargo el menor que viene en camino puede tenerlos si usted opta por reconocerlo legalmente otorgandole su apellido, de lo contrario tampoco se generaría derechos u obligaciones para con ese menor.

     

    saludos estamos a sus ordenes

     

    Atte.

     

    Lic Francisco Ruiz