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  • Consulta : 175473
  • Autor : licfcoruiz
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  • Autor
    Respuesta No: 290841

  • licfcoruiz
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    en cuanto a la guarda y custodia de su menor hija si sería bastante complicado ya que la ley no señala que los niños menores de diez años tienen que estar bajo el cuidado de la madre, por considerarse ésta  la más apta, salvo que usted demostrara que existe algun perjuicio que la madre pudiera causarle a su menor hija, tal como maltrato físico, psicologico, negligencia u otros, en cuanto a la pensión en efecto ambos estan obligados a cumplir con dicha obligación sin embargo al estar la menor al cuidado de la madre usted tiene que proporcionar dicha pensión para satisfacer las necesidades básicas de su menor hija en la medida de sus posibilidades y acorde a las necesidades de su menor hija, dicha pensión comprende alimentos, vestido, calzado, gastos médicos y escolares y por lo que comenta que se encuentra desempleado probablemente un Juez se la decretaría en salarios mínimos, cuando es por nómina le realizan descuento del 15% para cada menor, le aconsejo que acudan  DIF o al centro de mediación y conciliación y lleven a cabo un convenio bien clausulado, para que no se genere mayor conflicto entre ustedes y desde luego no se afecten los intereses de su menor hija.