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  • Consulta : 175252
  • Autor : Cuaresmen
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  • Autor
    Respuesta No: 290586

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Te explico rápidamente:

    - la esposa puede decir misa.

    - tú dices que la casa se las compró a ustedes, pero... hay un pero,  está a nombre de su actual esposa....  sin embargo, hay una ventaja: dices tú que también está a nombre de tu padre.

    - Si lo que dices tú es cierto,  hay dos propietarios de la casa donde viven: LA ESPOSA DE TU PADRE,  Y TU PADRE.

    Ellos como dueños pueden hacer y desacer de esa casa.  Sin embargo,  si tú padre MURIERA, tú como su HIJA RECONOCIDA, igual que tus hermanos y hermanas del mismo padre, TIENES DERECHO A SER SU HEREDERA. No solo de esa casa, sino de otras propiedades de tu padre.

    Sin embargo,  desconozco el motivo que llevó a tu padre a tener qué compartir la propiedad de la casa donde ustedes viven, con su actual esposa.

    Tu padre debería regularizar esto:  o bien las corre y le entrega la casa a su actual esposa, o bien hace que la actual esposa salga de la jugada y de una vez la casa sea para ustedes.

    Suerte.

    ojo:  mientras ustedes la posean, no se salgan de la casa.