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AutorRespuesta No: 290581
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Fecha de respuesta: Jueves 01 de Noviembre de 2012 21:06 2012-11-01 21:06 desde IP: 187.234.14.173
Estimado (a) consultante, reciba Usted un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Primeramente para reducir o cancelar una pension alineticias se debe acreditar en el pirner caso que ya n o setiebn los ingresos suficientes para soportar la obligacion alimentaria y en el seghundo caso que el acreedor ya no requiere los alimentos, para cualquiera de estas acciones es necesario promoverlo en la via incidental.
Por lo que, le sugiero que se asesore con un abogado experto en MATERIA FAMILIAR, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular, le envio un cordial saludo, para cualquier aclaración o información adicional, favor de ponerse en contacto con su servidor..
ATENTAMENTE
LIC. MAURICIO MARTINEZ ZAMUDIO
Celular: 0445531067098
E-MAIL: m a r t z a m _ c o r p o r a t i v e a r r o b a h o t m a i l . c o m (minúsculas y todo junto)
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